Qué es y para que sirve:
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD), es una Ley Orgánica española que tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor, intimidad y privacidad personal y familiar independientemente del soporte en el cual sean tratados, los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las obligaciones de aquellos que los crean o tratan.

Es de obligado cumplimiento tanto empresas públicas y privadas como particulares e intenta regular de alguna manera el contenido de las bases de datos de usuarios (por eso lo de particulares).

Por otro lado obliga a las empresas a cumplir una serie de requisitos, adaptar todos los documentos y todos los ficheros automatizados (bases de datos, archivos que utilizas ya sean excell, words, programas de gestion, correos, ect) e inscribirlos en la Agencia de Proteccion de datos. También te obligan a hacer copias de seguridad y tener estos datos a salvo. Realizar contratatos de confidenciabilidad, etc, etc
Quién controla que esta ley se cumpla:
Es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la autoridad de control independiente que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.
Puede actuar de Oficio, mediante sus inspectores que se pueden plantar en nuestro negocio y pedirnos la documentación o por petición, es decir, que cualquier persona puede realizar una reclamación privada. Comentar en la página de la AEPD disponen de un directorio público donde cualquier persona puede ver si tal empresa ha realizado la inscripción de ficheros.
Reciéntemente he podido ver publicado que la AEPD madrileña a ampliado su labor de inspección por lo que esto hay que tenerlo en cuenta. ABC Noticias
Hay muchas empresas que se dedican a estos menesteres (formalizar nuestra empresa conforma la ley marca) y que, si bién puede parecer algo poco importante, tengo que decir que las sanciones son mucho más elevadas que los costes de estas empresas. tras ver esta noticia creo que hay que prestarle más atención:Multa 600 a particular

Resumiendo, básicamente nos dice que una mujer ha tenido que pagar 600 euros por compartir 42 direcciones de email. ¿Como? Pues tan simple como agregar todos las direcciones sin utilizar la opción de CCO copia oculta. Sí, es ilegal y penado mandar correos agregando todos los contactos en el apartado PARA:
Como solucionarlo, pues La solución para evitar la denuncia es muy simple, y consiste en que, en lugar de poner todas las direcciones en el campo Para:, ponerlas en el campo CCO, aunque no todos los clientes de correo soportan
esto (los modernos si). Esto causa que nuestros contactos reciben el correo, pero no ven la dirección de ninguna otra persona.
Si alguno no veis el campo CCO: hacéis clic en el botón Para: (como para buscar los contactos en la agenda), y os aparecen tres campos:
Para: que es a quien va dirigido el correo
CC: (Con Copia), que es a quien se envía una copia de correo
CCO: (Con Copia Oculta) que es a quien se envía una copia de correo, pero los que pongamos aquí no los ve nuestro destinatario al recibir el correo.
De esta forma, quienes reciban el correo no saben a quien más se ha enviado dicho correo, de forma que así no incumplimos la Ley, y nos ahorraremos una multa de la Agencia Española de Protección de Datos.Tened cuidado con este tipo de cosas. Si no, os puede caer una buena.
Saludos!

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